carta poder
Este documento tiene un valor inferior al poder que se suscribe con un notario y es de valor meramente representativo.
Debe contar con elementos básicos que son:
- Nombre de quien recibirá la carta (persona, institución o empresa)
- Sedente (nombre y firma)
- Debe contener la palabra (OTORGO) que representa la cesión del poder
- Mensaje (justifica el tipo y porque de la carta poder)
- Fecha de inicio y de fiscalización del poder otorgado.
- Nombres y firma de los testigos (puede ser uno pero se acostumbran dos o más)
Este documento es suscrito por una persona (física o moral), que otorga algunas o todas sus facultades para realizar algún tipo de trámite, movimiento o negocio. El reconocimiento del mismo se puede encontrar limitado por acciones judiciales o civiles y estos varían dependiendo de las legislaciones locales y de la aceptación de dicho documento.
OTORGO MI PALABRA A NANCY FLORES SANCHEZ
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